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CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LA PROFESIÓN DOCENTE
La educación tiene por objeto lograr el máximo desarrollo de las
facultades intelectuales, físicas y emocionales de las nuevas generaciones, y al
propio tiempo permitirles adquirir los elementos esenciales de la cultura
humana. Tiene por tanto una doble dimensión, individual y social, íntimamente
entrelazadas, cuyo cultivo constituye la base de una vida satisfactoria y
enriquecedora.
Dado que los seres humanos no nacen con el bagaje de conocimientos,
actitudes y valores necesarios para vivir una vida personal plena y
desenvolverse en una sociedad, es necesario facilitarles al máximo su
consecución, por medio de la acción educativa. De ahí deriva la importancia de
la función docente, que tiene como meta la formación integral de las personas
jóvenes como seres individuales y sociales. El desempeño de esta tarea
conforma una de las profesiones más necesarias cuando un pueblo desea
configurar una sociedad justa, armónica y estable.
Para alcanzar tales objetivos la sociedad debe garantizar la libertad de
cátedra, el derecho de todos los alumnos a aprender y la igualdad de
oportunidades educativas. La profesión docente requiere la dignidad, el
reconocimiento, la autoridad y el respaldo necesarios para su desempeño.
El correcto ejercicio de la profesión docente no puede concebirse al
margen de un marco ético, que constituye su sustrato fundamental y que se
concreta en un conjunto de principios de actuación:
a) Dado el proceso de desarrollo personal en que se encuentran los
destinatarios de la acción educativa, los docentes tienen la
responsabilidad de prestar una atención permanente a la influencia de
sus acciones sobre los educandos, por cuanto suelen servir de pautas
de conducta. Ello implica guiarse por los principios de responsabilidad
y ejemplaridad en su actuación.
b) Igualmente, dado que los valores cívicos fundamentales de nuestra
sociedad deben ser la justicia y la democracia, orientados al
mantenimiento de una convivencia social armónica, el profesional de la
docencia deberá regirse en todo por dichos criterios de actuación. Y
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para respetarlos, no perderá nunca de vista los principios de justicia,
veracidad y objetividad en sus actuaciones.
c) La infancia y la adolescencia son etapas decisivas en la formación de la
personalidad. Y para que este desarrollo alcance libremente su techo, es
preciso que los docentes se guíen por el principio del respeto y la
empatía, como condición para propiciar los sentimientos de seguridad y
autonomía en los educandos.
d) La convivencia escolar es un excelente aprendizaje para la convivencia
social, por lo que los docentes cultivarán los principios de solidaridad
y responsabilidad social, con vistas a la formación de ciudadanos
activos y responsables.
e) Con el fin de formar ciudadanos autónomos, maduros y con criterio
propio, es necesario que el profesional docente ponga todo su empeño
en el desarrollo del espíritu crítico propio y de sus alumnos, de modo
que aprendan a valorar, juzgar y sopesar la veracidad, alcance e
importancia de cuanta información reciban a través de distintos medios.
f) Sin perjuicio de la legítima compensación que el docente tiene derecho a
recibir por el trabajo que realiza, su actuación se regirá por el principio
del desinterés.
g) Dado el cambio continuo al que está sometida la labor de la docencia,
así como el marco institucional y social en que se desarrolla, el docente
debe adoptar como guía de conducta el principio de formación
permanente que le permitirá responder del mejor modo a los desafíos
que continuamente se le plantean.
Teniendo en cuenta la complejidad de las relaciones que se establecen
en la tarea docente y la responsabilidad que implica, así como la necesidad de
armonizar las normas establecidas con los imperativos éticos, se hace
necesaria la concreción de todos estos principios generales en un Código
deontológico, que detalle todos y cada uno de los compromisos y deberes del
buen profesional. Dicho Código debe servir para que el profesor conozca y
asuma plenamente sus obligaciones, pero también para que la sociedad le
otorgue la confianza y la autoridad necesarias para alcanzar la educación de
calidad que anhela y demanda para sus hijos.
Por todo ello, el Consejo General de Colegios Oficiales de Doctores y
Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias del Estado Español establece el
siguiente Código Deontológico de la Profesión Docente, que deberá ser
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asumido y aceptado por cuantos ejercen esta profesión, esto es, los Maestros
de Educación Infantil, los Maestros de Enseñanza Primaria, los Máster en
Enseñanza Secundaria, así como cuantos desarrollen una función educativa y
docente en centros de Enseñanza Infantil, Primaria, Secundaria y de
Formación Profesional.
La vigilancia del cumplimiento de los compromisos y deberes recogidos en
este Código corresponderá a cada uno de los Colegios Oficiales, a través de
sus estatutos y sus mecanismos disciplinarios.
1. COMPROMISOS Y DEBERES EN RELACIÓN CON EL ALUMNADO
1.1. Contribuir activamente al ejercicio efectivo del principio constitucional del
derecho a la educación por parte del alumnado.
1.2. Promover la formación integral del alumnado a través de una atención
personalizada y una relación de confianza que contribuya a fomentar la
autoestima, la voluntad de superación y el desarrollo de las capacidades
personales.
1.3. Tratar justa y equitativamente al alumnado, sin aceptar ni permitir
prácticas discriminatorias por ningún motivo asociado a características o
situaciones personales, sociales, económicas o de cualquier otro tipo.
1.4. Proporcionar al alumnado un sistema estructurado de conocimientos y
habilidades que le permita avanzar en su desarrollo personal, dar
respuesta adecuada a las nuevas situaciones que se le planteen y
acceder en las mejores circunstancias posibles a la vida adulta y a una
ciudadanía activa.
1.5. Atender adecuadamente a la diversidad de circunstancias y situaciones
personales del alumnado, ofreciendo a todos la posibilidad de desarrollar
sus capacidades y profundizar su formación en los distintos campos del
saber.
1.6. No adoctrinar al alumnado, fomentando el desarrollo del juicio crítico y
ecuánime sobre la realidad y sobre sí mismos y promoviendo la
búsqueda de la verdad como principio rector del saber.
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1.7. Adoptar todas las medidas precisas para salvaguardar la libertad, la
dignidad y la seguridad física, psicológica y emocional del alumnado.
1.8. Atender y encauzar adecuadamente las reclamaciones legítimas del
alumnado en el ejercicio de la docencia y de la función tutorial.
1.9. Guardar el secreto profesional en relación con los datos personales del
alumnado de que se disponga en el ejercicio profesional de la docencia.
2. COMPROMISOS Y DEBERES EN RELACIÓN CON LAS FAMILIAS Y
LOS TUTORES DEL ALUMNADO
2.1. Respetar los derechos de las familias y los tutores en relación con la
educación de sus hijos, armonizándolos con el ejercicio de la autoridad
docente y con el cumplimiento de los proyectos educativos adoptados.
2.2. Favorecer la cooperación entre las familias y el profesorado,
compartiendo la responsabilidad educativa en los temas que afecten a
ambas partes y propiciando una relación de confianza que promueva la
participación a través de los correspondientes órganos y asociaciones.
2.3. Proporcionar a las familias y los tutores la información necesaria acerca
de los proyectos educativos del centro, la programación docente y los
criterios de evaluación establecidos en el ámbito que corresponda.
2.4. Proporcionar a las familias y los tutores información acerca del proceso
educativo de sus hijos, el grado de consecución de los objetivos
propuestos y las eventuales dificultades que se detecten, así como la
orientación adecuada a dichas circunstancias.
2.5. Respetar la confidencialidad de las informaciones proporcionada en el
ejercicio de sus funciones por parte de las familias o tutores.
3. COMPROMISOS Y DEBERES EN RELACIÓN CON LA INSTITUCIÓN
EDUCATIVA
3.1. Mostrar el máximo respeto al proyecto educativo del centro sin perjuicio
del ejercicio de la libertad de cátedra.
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3.2. Respetar y hacer respetar las normas de funcionamiento del centro y
colaborar en todo momento con sus órganos de gobierno, los
departamentos didácticos, los servicios de orientación psicopedagógica,
las tutorías y cualesquiera otros servicios de la institución.
3.3. Favorecer la convivencia en los centros educativos, contribuyendo a
mantener un ambiente adecuado para la enseñanza y el aprendizaje,
utilizando los cauces apropiados para resolver los conflictos que puedan
surgir y evitando cualquier tipo de violencia física o psíquica.
3.4. Velar por el buen estado de mantenimiento y limpieza de materiales e
instalaciones, inculcando en los alumnos el respeto a los bienes
comunes y públicos.
3.5. Ejercer con dedicación las responsabilidades directivas o de otro tipo
que se desempeñen, manteniendo canales abiertos de consulta y
debate en el centro y actuando como modelo de conducta ante los
compañeros.
3.6. Velar en toda circunstancia por el prestigio de la institución en que se
trabaja, contribuyendo activamente a la mejora de su calidad.
3.7. Colaborar con la institución y con las autoridades educativas en cuantas
consultas e informaciones se realicen para un mejor ordenamiento de la
tarea educativa.
4. COMPROMISOS Y DEBERES EN RELACIÓN CON LOS COMPAÑEROS
4.1. Aportar los propios conocimientos, capacidades y aptitudes con el fin de
crear un clima de confianza que potencie el buen trabajo en equipo.
4.2. Colaborar lealmente con los compañeros y con el personal que participa
en la educación para asegurar una actuación colectiva coordinada que
redunde en beneficio del alumnado y del cumplimiento de los objetivos
educativos de la institución.
4.3. Respetar el ejercicio profesional de los compañeros de profesión, sin
interferir en su trabajo ni en su relación con el alumnado, las familias y
los tutores.
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4.4. Mantener la objetividad en la apreciación del trabajo profesional de los
compañeros, mostrando el debido respeto a sus opiniones y utilizando
las vías establecidas para manifestar la disconformidad con su
actuación.
4.5. Guardar el secreto profesional en relación con los datos personales de
los compañeros de que se disponga en el ejercicio de cargos de
responsabilidad.
5. COMPROMISOS Y DEBERES EN RELACIÓN CON LA PROFESIÓN
5.1. Desarrollar con profesionalidad la enseñanza en el ámbito docente que
corresponda, actuando con autonomía y atendiendo a las necesidades
de desarrollo del alumnado, a la normativa establecida y a los proyectos
educativos del centro en que se desempeña la tarea docente.
5.2. Desarrollar un ejercicio profesional que demuestre unos altos niveles de
competencia, un buen dominio de la especialidad y una conducta
adecuada a los principios constitucionales que constituyen el
fundamento de la convivencia ciudadana.
5.3. Asumir la responsabilidad propia en aquellos ámbitos de actuación que
son competencia profesional de los docentes.
5.4. Asumir la obligación de la formación permanente, dado el avance
constante de la ciencia, de las nuevas tecnologías y de la realidad
social.
5.5. Contribuir al progreso de la profesión a través de la actualización
didáctica y científica, el perfeccionamiento profesional, la investigación y
la innovación educativa.
5.6. Contribuir a la dignificación social de la profesión docente y defender y
hacer respetar los derechos que le corresponden.
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6. COMPROMISOS Y DEBERES EN RELACIÓN CON LA SOCIEDAD
6.1. Asumir y cumplir los deberes de ciudadanía, actuando con lealtad a la
sociedad y a las instituciones, en el marco de la Constitución española y
la normativa vigente.
6.2. Desarrollar una actuación docente acorde con los valores que afectan a
la convivencia en sociedad, tales como libertad, justicia, igualdad,
pluralismo, tolerancia, comprensión, cooperación, respeto y sentido
crítico.
6.3. Promover una educación para el ejercicio activo de la ciudadanía y el
logro de una convivencia basada en la igualdad de derechos, la
ausencia de discriminación, la libertad personal, la justicia y el
pluralismo.
6.4. Contribuir al desarrollo del espíritu crítico y de actitudes reflexivas y
comprometidas con la mejora de las condiciones en que se desenvuelve
la vida social y la relación sostenible con el entorno.
6.5. Colaborar activamente en la dinamización de la vida sociocultural de su
entorno.
Aprobado por el Pleno del Consejo General de Colegios Oficiales de
Doctores y Licenciados en Filosofía y Letras y en Ciencias, en su sesión
6 de noviembre de 2010
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